URRA

Montería, 18 de noviembre de 2025. La Empresa URRÁ S.A. E.S.P. rechaza ante la opinión pública y los medios de comunicación, la difusión de informaciones imprecisas, incompletas o verdades a medias que afectan injustamente la reputación de la Empresa y la confianza de la ciudadanía, omitiendo información técnica determinante que cambia sustancialmente la interpretación de los hechos.

 En tal sentido se aclaran los siguientes puntos:

·          URRÁ no tuvo detrimento patrimonial en la vigencia 2024 por la aplicación del Estatuto de Situación de Riesgo de Desabastecimiento (en adelante ESRD), como lo corrobora el informe fiscal de la propia Contraloría de la vigencia 2024, que revisó los procedimientos comerciales, los rendimientos económicos y la operación de la Empresa, sin hallazgos de responsabilidad fiscal, feneciendo la cuenta auditada.

·          La situación hidrológica del embalse URRÁ durante la época del año donde se aplicó el ESRD, no se podía comparar con el resto de la hidrología del país, toda vez que Colombia afrontaba una temporada de sequía, mientras la situación de nuestro embalse era contraria superando los niveles máximos permitidos, con riesgo de rebosamiento y el consecuente impacto económico y social en las comunidades aguas abajo del sitio de la presa.

Por lo anterior, se hace necesario precisar que URRÁ buscaba proteger a los usuarios ofertando precios que reflejaran las condiciones reales de su embalse, el cual como ya se ha dicho siempre, estuvo por encima de los niveles permitidos, situación diametralmente opuesta al resto del país donde el embalse agregado nacional estaba en el 50 %.

·          Es pertinente aclarar que, en el mercado de energía mayorista -MEM-, los precios de oferta reflejan la hidrología presentada en un embalse; esto es, a mayor cantidad de agua, menor valor, y viceversa.  En consecuencia, ofrecer precios altos en las condiciones de nuestro embalse, hubiera generado sanciones por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios – SSPD, por especulación en los precios, lo cual iría en contravía de la política del actual gobierno de aliviar las tarifas del usuario final.

·          Si bien es cierto que la Contraloría General de la Nación notificó de un posible hallazgo de detrimento patrimonial, no es menos cierto que como ya se ha dicho anteriormente, la misma entidad auditó la gestión de la empresa del año 2024, desvirtuando en ese entonces dicho detrimento. 

·          La empresa URRÁ, con el más alto grado de responsabilidad social y empresarial, y en un proceso de auditoría interna solicitó los informes técnicos de rigor que explicaran la aplicación del ESRD, lo cual trajo como resultado, que no se incurrió en una práctica indebida en el actuar frente a las regulaciones que rigen el mercado de energía. 

·          Cabe precisar que, respecto al proceder de la empresa en la aplicación del ESRD, tuvieron conocimiento la Junta Directiva, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Minas y Energía, una vez que se conocieron las liquidaciones del administrador del mercado, en las cuales la mayoría de los agentes hidráulicos tuvieron liquidaciones negativas frente a la aplicación del Estatuto.

·          Por su parte, todos los organismos de control recibieron la información pertinente de la vigencia 2024, sin encontrar hallazgos en la aplicación del Estatuto por parte de URRÁ, tales como la Revisoría Fiscal, la Superintendencia de Servicios Públicos y la Contraloría General de la Nación.

·          Todo lo anterior demuestra que no hubo “una falta de estrategia por parte de la Gerencia de Comercialización de la Empresa URRÁ que permitiera abordar de manera adecuada la aplicación del ESRD”, toda vez que la situación hidrológica de nuestro embalse distaba de las condiciones del resto del país.

 ·          Los comentarios precisados por el anterior presidente de la Empresa durante la vigencia 2024, en el momento de la aplicación del ESRD, se dieron dentro de un contexto general del alcance del Estatuto mismo, sin embargo, reiteramos que los precios ofertados por la Empresa se dieron según los parámetros indicados anteriormente evitando la especulación y el rebose del embalse.

Por último, URRÁ S.A. E.S.P. reitera a la opinión pública que, la actual Administración mantiene un compromiso absoluto con la transparencia y la responsabilidad en todas sus actuaciones. Cada decisión técnica, administrativa y financiera se adopta con el propósito central de garantizar la operación segura y confiable del embalse y de preservar la estabilidad del sistema eléctrico nacional, en beneficio de los usuarios y del país.

La Empresa actúa con total rigurosidad frente al marco regulatorio vigente y en concordancia con los lineamientos de política pública definidos por el Gobierno Nacional, asegurando que su operación comercial responda al interés general, a la sostenibilidad energética y al uso responsable de los recursos públicos.

URRÁ continuará informando de manera oportuna, veraz y clara a la ciudadanía, teniendo como prioridad la defensa de la reputación institucional y la confianza pública, pilares construidos durante más de dos décadas de servicio técnico al país.